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25 de septiembre de 2018

25 de septiembre de 2018

Etiquetado leche industria alimentaria

 

 

Se ha aprobado un Real Decreto que obliga a fabricantes de productos lácteos elaborados y comercializados en España a que indiquen en el etiquetado cuál es el origen de la leche que utilizan. 

Esta normativa supone la primera legislación que se regula en España sobre el etiquetado de origen obligatorio de un producto del sector alimenticio por iniciativa propia, sin que constituya un mandato europeo.

 

 

Con la normativa se pretende que salgan beneficiadas todas las partes, tanto los productores, como la industria o el consumidor en un sector tan importante en España como el lácteo.

La normativa responde a la necesidad de dar solución al consumidor actual, que valora principalmente la transparencia y la información del origen de los alimentos que consume, y supone un claro compromiso de la industria láctea con la transparencia.

En España importamos 3 veces más productos lácteos de la UE que los que vendemos, según indica el Observatorio del Mercado Lácteo de la Comisión Europea. Estos datos han provocado que los ganaderos lleven varios años reclamando que se indique el origen nacional de la leche y de sus derivados.

El Real Decreto 1181/2018, de 21 de septiembre, relativo a la indicación del origen de la leche utilizada como ingrediente en el etiquetado de la leche y los productos lácteos comenzará a aplicarse 4 meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que la industria láctea tendrá tiempo para adaptarse hasta finales de enero de 2019 y tendrá un periodo de aplicación de 2 años.

En cuanto a los productos que ya estuvieran fabricados antes de la entrada en vigor del Real Decreto, podrán comercializarse sin ningún problema hasta que se agoten sus existencias.

Esta normativa afecta a la leche y a los productos lácteos que se elaboran y comercializan en España. En ningún momento, afecta a los lácteos que se fabriquen fuera y que se comercialicen en nuestro país.

 

¿A qué productos del sector lácteo afecta la nueva normativa?

 

Los productos indicados en el decreto y que deberán disponer del nuevo etiquetado son:

  • Leche y nata, sin concentrar, azucarar ni edulcorar de otro modo.
  • Leche y nata, concentradas, azucaradas o edulcoradas de otro modo.
  • Suero de mantequilla, leche y nata cuajadas, yogur, kefir y demás leches y natas, fermentadas o acidificadas, incluso concentrados, azucarados, edulcorados de otro modo o aromatizados, o con fruta o cacao.
  • Lactosuero, incluso concentrado, azucarado o edulcorado de otro modo; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso azucarados o edulcorados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otras partidas.
  • Mantequilla y demás materias grasas de la leche.
  • Quesos y requesón.

Esta nueva normativa se aplicará a la leche de cualquier animal de abasto (vaca, cabra y oveja).

 

Nuevo etiquetado de la leche y productos lácteos

 

Eqietado leche correcto

En el etiquetado de la leche y los productos lácteos elaborados en España deberá identificarse el “país de ordeño” y el “país de transformación” de la leche utilizada como materia prima.

Se indicará el origen de la leche utilizada como ingrediente cuando ésta represente un porcentaje superior al 50% de peso respecto al total de ingredientes utilizados.

En resumen, el cambio principal en el etiquetado que figurará con la entrada en vigor del nuevo decreto es:

-  País de ordeño:

País donde la leche ha sido ordeñada.

- País de transformación:

 País donde la leche ha sido transformada.

- Si el ordeño y trasformación de la leche son en el mismo país se podrán sustituir por la mención: “Origen de la leche: país donde la leche ha sido ordeñada y transformada”

Por ejemplo, cuando el país de ordeño y/o de transformación sea exclusivamente España, siempre deberá indicarse “España” y no se podrá sustituir por la expresión “UE”.

Sin embargo, cuando la leche no sea exclusivamente española, tendrá que indicarse “País de ordeño” y “País de transformación”, seguidas del nombre del/los Estados Miembros (EEMM), o “UE”, “fuera de la UE”, “UE y fuera de la UE”.

Por lo tanto, al realizar el etiquetado de esta forma, la etiqueta de estos productos distinguirá claramente la leche ordeñada y transformada en España.

Esta información aparecerá cerca de la lista de ingredientes y se expresarán con el mismo tamaño y color de fuente utilizados para la lista de ingredientes.

Puedes acceder desde aqui al Real Decreto 1181/2018, de 21 de septiembre, relativo a la indicación del origen de la leche utilizada como ingrediente en el etiquetado de la leche y los productos lácteos.

 

¿Cómo podemos ayudarle en Siggo?

En la industria alimentaria podemos ayudarles a realizar de la forma más adecuada las etiquetas de sus productos o fichas técnicas y así cumplan con lo exigido en la normativa vigente y sean adecuados a los intereses de los consumidores, para así superar la autorización para la comercialización en España y la UE.

Tambien en nuestro laboratorio realizamos análisis de alimentos y analisis nutricionales. Tambien no dude en consultarnos si quiere realizar análisis de superfícies para verificar la eficacia de su plan de limpieza y desinfección.

A través de nuestra servicio de Consultoría podemos analizar el estado en el que se encuentra su empresa, realizar auditorías internas, formar a su equipo, o  incluso ayudarles a certificarse en normas de calidad ISO 9001, o de seguridad alimentaria IFS, BRC, ISO 22000, FSSC22000, GLOBALGAP o Global Market, entre otras.

Puede ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto o en el 965 844 586.

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