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13 de marzo de 2021

13 de marzo de 2021

 

Declaramos que CALIDAD Y GESTIÓN CIENTÍFICA, S.L. solicitó el 13/03/2021 la ayuda ECOJUP2021 Subvenciones para fomentar la contratación en prácticas de personas jóvenes cualificadas (AVALEM JOVENS) en el marco del Sistema de Garantía Juvenil.

Que con fecha 01/12/2021 fué concedida dicha ayuda según notificación recibida.  

 

 

Entidad Pública concedente: LABORA - SERVICIO VALENCIANO DE EMPLEO Y FORMACIÓN     Dirección General de Empleo y Formación 

Importe recibido: 10.640€

Programa: Programa de Fomento de la contratación en prácticasde personas jóvenes cualificadas, publicada en el DOGV de 1 de marzo de 2021, reguladas en la Orden 8/2018, de 25 de junio de 2018, de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo (DOGV 25/06/2018).

Nº Expediente: ECOJUP/2021/28/03

Objetivo-Finalidad: Resolución de 30 de diciembre de 2020, del DG de LABORA, por la que se convoca para 2021 el Programa de fomento de la contratación en prácticas de jóvenes cualificadas (AVALEM JOVENS) en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Se ha realizado la contratación de 1 jóven cualificado durante un periodo de 1 año.

Beneficiaciarios: CALIDAD Y GESTIÓN CIENTÍFICA, S.L.   CIF: B53537239

Código BDNS: 550464

 

Por lo que la entidad beneficiaria ha percibido durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones, de la administración autonómica o de cualquier otra entidad enumerada en el artículo 2 de la Ley 2/2015, por importe superior a 10.000 euros y ha dado adecuada publicidad a la misma indicando la entidad pública concedente, el importe recibido y el programa, actividad, inversión o actuación subvencionado.

 

CALIDAD Y GESTIÓN CIENTÍFICA, S.L. hace esta publicación en cumplimiento de las obligaciones de transparencia establecidas en la legislación básica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana en los términos del apartado I) del artículo 21 de la Orden 8/2018.

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